ACUERDO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA
E.E.S.A. Nº1 «Dr. Bernardo de Irigoyen»
Rivera – Adolfo Alsina

El presente documento surge a consecuencia de la Resolución 1593/02 de la Dirección General de Cultura y Educación que establece que cada Escuela elaborará su propio Acuerdo Institucional de Convivencia. Así se concibe en el año 2.003, con la única finalidad de propiciar que los alumnos puedan aprender con eficacia y agrado en el aula y en sus relaciones cotidianas con sus compañeros y docentes. Con el transcurrir del tiempo muchas han sido las modificaciones que se le han introducido para adaptarlo a nuevos contextos y situaciones, tratando, con las normas propuestas, de establecer pautas, criterios y procedimientos de comportamiento y de interacción entre alumnos, docentes y autoridades de la escuela.
La evaluación y el cumplimiento de las normas y acuerdos es responsabilidad compartida, y permitirá detectar tanto comportamientos que hayan venido afectando a la convivencia, como los que hayan ido fortaleciéndola, así como la existencia de dificultades no resueltas que pudieran haber propiciado el incumplimiento de determinadas normas, debiendo proponerse nuevos acuerdos y soluciones a los problemas detectados.
Son los propios alumnos los encargados de velar por el cumplimiento cotidiano de las normas y acuerdos establecidos, fortaleciendo así el hábito y la capacidad de resolver conflictos a través del discernimiento crítico de cada situación, la comunicación empática, la imaginación, la responsabilidad por los propios actos y la corresponsabilidad colectiva de los educandos por el mantenimiento de la convivencia.
Para mejorar la capacidad de convivencia son necesarios los estímulos, que deben destacar la practica de valores, reconociendo el mérito de actitudes y comportamientos que, sean que estén establecidos en las normas de la escuela o no, hayan favorecido de manera relevante una convivencia basada en el respeto, la colaboración, la solidaridad y la equidad.
En cuanto a las sanciones, son el último recurso disponible para corregir comportamientos no deseados; deben conducir a la reflexión crítica de los estudiantes respecto a su comportamiento y deben propiciar el análisis y evaluación de docentes y autoridades respecto de las actitudes, acciones u omisiones que pudieran haber provocado o reforzado directa o indirectamente las conductas, motivo de sanción.
Equipo Directivo
El respeto a las personas y a las propiedades, la ayuda desinteresada a los compañeros, el orden y las buenas maneras exigen que todos los que conviven en una institución educativa acepten unas normas básicas de convivencia y se esfuercen día a día por vivirlas. El buen clima de una escuela no se improvisa, es cuestión de coherencia, de tiempo y de constancia.
Son imprescindibles, por tanto, unas normas que sirvan de punto de referencia y ayuden a lograr un ambiente sereno de trabajo, orden y colaboración; un marco generalmente aceptado, que precisa los límites que la libertad de los demás impone a la propia libertad.
El desafío de consolidar la democracia en nuestro país, debe comenzar a gestarse en la escuela. La práctica del diálogo, la equidad, la tolerancia, el respeto y la negociación como premisas de convivencia, son aprendizajes que podemos fomentar desde los intercambios que realizamos diariamente entre los docentes y con los alumnos y sus familias, y que podemos proyectar después en distintos ámbitos y realidades.
Para ello, con estos Acuerdos Institucionales de Convivencia, nos proponemos generar un espacio de construcción del conocimiento colectivo que considere al alumno como un ciudadano en formación, mediante el desarrollo de una convivencia democrática en la cual se respeten las diferencias y derechos de cada uno; se participe activamente y se recurra al diálogo para la búsqueda de acuerdos que permitan una acertada toma de decisiones.
El presente documento es el fruto de la participación de los docentes, quienes hicieron sus aportes en las distintas Jornadas de Reflexión llevadas a cabo durante el año 2.002, analizando la Resolución 1593/02 y sus anexos y conformando equipos de trabajo para dar cumplimiento a la misma.
Los alumnos fueron informados de la citada Resolución, y opinaron sobre ella, a través de los tutores de cada curso y respondieron a una encuesta que les fue entregada oportunamente. Los padres, ante la imposibilidad por razones de distancia, de reunirse en su totalidad, fueron consultados sobre el tema mediante una encuesta. Con los padres de los alumnos de la localidad se trabajó en distintos encuentros donde dejaron establecidos sus derechos y obligaciones (que fueron sometidos a la revisión de los demás padres) y efectuaron sus aportes sobre la convivencia en la escuela.
La suma de los distintos aportes dieron como resultado las normas de convivencia de la Escuela de Educación Secundaria Agraria Nº 1 de Rivera, que definen las características de las conductas que deben promoverse para lograr:
- • El crecimiento integral de la persona.
• Los fines educativos de la Escuela, propiciando un aprendizaje de tipo significativo, donde el alumno participe activamente en la adquisición del conocimiento, teniendo en cuenta la distribución de contenidos propuesta en el Proyecto Educativo Institucional, con la que se aspira a cumplir con los fines propuestos por la educación secundaria agraria, valorizando la formación de un Técnico en Producción Agropecuaria, con orientación en agroalimentos.
• El desarrollo de la Comunidad Educativa.
• Un buen ambiente educativo y de relación en la Escuela.
• El respeto a los derechos y el cumplimiento de las obligaciones, de todas las personas que participan en la acción educativa.
SON NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA AGRARIA
- Todos somos responsables de estos acuerdos y Todos debemos cumplirlos.
- El respeto a la integridad física y moral, así como a los bienes de las personas que forman la Comunidad Educativa y de aquellas otras personas e instituciones que se relacionan con la Escuela, y con el resto de la comunidad en ocasión de la realización de actividades y servicios del mismo.
- La tolerancia ante la diversidad y la no discriminación por razón de sexo, raza, religión, nacimiento, discapacidad, situación personal y social.
- La corrección en el trato social, en especial, mediante el empleo de un lenguaje correcto y educado.
- El interés por desarrollar el propio trabajo con responsabilidad.
- El respeto por el trabajo y las funciones de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
- Seguimiento y control de cada una de las personas que trabajamos en el establecimiento (desenvolvimiento de su función, cumplimiento de acuerdos, etc) La cooperación en las actividades educativas o convivenciales.
- La buena fe y la lealtad en el desarrollo de la vida escolar.
- El cuidado con el aseo e imagen personal.
- La actitud positiva ante los avisos y correcciones.
- La adecuada utilización del edificio, mobiliario, instalaciones y material de la Escuela, conforme a su destino y normas de funcionamiento; así como el respeto a la reserva de acceso a determinadas zonas de la Escuela.
- El mejoramiento constante de la calidad pedagógica, el compromiso con la institución y la convivencia armónica entre sus miembros.
- La utilización de un lenguaje exento de expresiones vulgares, soeces y/o agraviantes.
- El tratamiento de cuestiones relativas a la misma, de parte del personal de la Escuela, sólo en el ámbito adecuado y ante quien corresponda.
- La reserva de parte del personal directivo, docentes y resto del personal, respecto a temas del quehacer institucional.
- Basar las calificaciones en el rendimiento pedagógico, no pudiendo influir la conducta del alumno, la que podrá ser sancionada, si correspondiese, por la vía pertinente.
- Respecto a las manifestaciones afectivas, se mantendrá el decoro, no admitiéndose la efusividad.
- El respeto por el horario de ingreso a clase, de recreo y salida de los alumnos.
- El respeto estricto de las leyes, contribuyendo con el ejemplo a prevenir y erradicar todo tipo de adicción (tabaco, alcohol, drogas, etc).
SOBRE LA FORMACIÓN:
1. Los docentes, el personal no docente y los alumnos deberán participar de las ceremonias de izamiento y arriamiento de las Banderas Nacional y Bonaerenses para lo cual se realizarán dos formaciones:
- a) Izamiento de las Banderas Nacional y Bonaerense: diariamente, a las 6,50 horas, se realizará una formación en el Salón de Usos Múltiples, que tendrá carácter de obligatorio para los alumnos, el personal que se encuentre en servicio y los docentes presentes.
- b) A las 18 horas se procederá al arriado de las Banderas Nacional y Bonaerense, siendo de carácter obligatorio la presencia de alumnos, personal en servicio y los docentes presentes.
CONDUCTA EN CLASE
- El respeto a los demás y la tolerancia deben ser valores que presidan las relaciones humanas y deben ser inculcadas a los alumnos. Cuando en algún momento y por cualquier razón no se respeten estas normas e influyan cobre el ejercicio al derecho al estudio de los compañeros o supongan un incumplimiento de las orientaciones de los docentes respecto a su aprendizaje, se establecerán las medidas oportunas que posibiliten una corrección adecuada en tiempo y forma de las actitudes o conductas irregulares.
- Ante una conducta contraria a las normas de convivencia dentro del aula o en el ámbito educativo, el docente a cargo del curso actuará en primera instancia dado que es el responsable de la misma. Será obligación del docente dar de inmediato aviso al Preceptor y registrará lo sucedido en el Parte de Disciplina haciendo un llamado de atención correctivo adecuado. De reiterarse la conducta se informara a los Padres y aun persistiendo se aplicaran las sanciones que correspondieren.
- Los alumnos no podrán abandonar solos el aula, si no es con permiso excepcional y por causa justificada.
- Cuando los alumnos tengan que desplazarse en grupos durante la clase, deberán ir en silencio y siempre acompañados por el profesor correspondiente.
- En ningún caso se podrá dar por finalizada la clase y salir del aula antes del toque del timbre.
- A la hora de salida al recreo, todos los alumnos deben abandonar el aula, a no ser que permanezcan en ella con un profesor.
- Deben tomarse las precauciones precisas para evitar que la búsqueda de material didáctico, fotocopias, material bibliográfico y/u otros elementos, demoren el ingreso de los alumnos a las aulas.
- No se puede, por higiene, educación y respeto a los compañeros y profesores, comer chicles, girasoles o cualquier otro tipo de golosinas durante las clases.
- No se permite la tenencia de teléfonos celulares dentro del horario áulico a los alumnos.
- No está permitida la entrada de personas ajenas a la escuela sin autorización.
- Son conductas contrarias a las normas de convivencia hechos tales como gritar, tirar papeles, correr, empujar, escupir, insultar, poseer elementos que atenten contra normal convivencia, etc.
- Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en la escuela:
• Los insultos, injurias u ofensas graves;
• La reiteración, en un mismo curso escolar, de conductas contrarias a las normas de convivencia;
• La agresión física o moral contra los demás miembros dela comunidad educativa;
• La discriminación grave por cualquiera de los siguientes motivos: lugar de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones morales, políticas o religiosas, así como por discapacidades psíquicas, físicas o cualquier otra condición o circunstancia personal o social;
• Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades de la escuela;
• El incumplimiento de las sanciones. - Los profesores deberán respetar los tiempos del inicio y finalización de clases, dejando libre a los alumnos durante el recreo.
- Horas Libres: Organizar actividades, Mantenimiento General y/o recreación organizada.
SOBRE LA LIMPIEZA:
- La higiene personal forma parte del respeto que debemos a los demás, por lo tanto deberemos guardar corrección en el vestir, cuidar nuestro aspecto y hacer un uso adecuado de las instalaciones de la escuela.
SOBRE LA LIMPIEZA EN LOS LUGARES DE ESTUDIO
- No se permite consumir productos de dudoso valor alimenticio y elevada incidencia en el deterioro estético y sanitario de las instalaciones, tales como girasol, chicles, etc.
- Cada alumno velará, en todo momento, por su lugar de estudio, utilizando los cestos. Así mismo pondrá en conocimiento del profesor cualquier hecho o conducta contraria a estos postulados.
- Por la mañana no está permitido comer, beber y/o tomar mate en clase. En el Turno Tarde quedará a consideración de los docentes.
SOBRE EL RESPETO Y EL USO DE LAS INSTALACIONES Y EL MOBILIARIO:
- Todos estamos obligados a respetar, cuidar y conservar tanto el material didáctico como el mobiliario que hay en la escuela.
- Los alumnos son responsables del aula que ocupan, debiendo mantenerla limpia y utilizando adecuadamente el material y el mobiliario que en ella se encuentre.
- Es obligatorio hacer uso de las papeleras para arrojar en ellas productos de desecho, siempre y cuando estos no la deterioren.
- No se debe pintar, rayar, escribir en las paredes, mesas, sillas, etc.
- Las autoridades podrán imponer trabajos de limpieza o sanciones adecuadas en relación con los apartados anteriores.
- Los alumnos que causen daños de forma intencionada o por negligencia a las instalaciones de la escuela, quedan obligados a reparar el daño o hacerse cargo del costo.
SOBRE USO DE SERVICIOS:
- En los servicios y lavabos no se deben arrojar materiales que puedan obstruirlos o deteriorarlos, y se deberá de avisar inmediatamente cualquier fuga, atasco o deterioro que se observe.
SOBRE EL TRANSPORTE ESCOLAR
- Aquellos alumnos que deban hacer uso del servicio del transporte escolar, mantendrán en el vehículo la misma disposición y respeto a las normas de convivencia como si se encontrasen dentro de la escuela, siendo la aplicación de las normas de convivencia en los mismos términos.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES.
La familia cumple un papel fundamental en la Escuela, garantizando y apoyando el estudio y la educación de sus hijos y el funcionamiento integral de la institución. Ese rol debe ser fomentado y reconocido por la escuela.
SON DERECHOS DE LOS PADRES DE LOS ALUMNOS:
- Conocer oportunamente el plan de estudios de la escuela, los programas de estudios que seguirán sus hijos y el sistema con el que serán evaluados.
- Integrar por derecho propio la Cooperadora y realizar, en todo lo atinente a la educación de sus hijos, oportunas coordinaciones con los docentes y con la Dirección.
- Ser atendidos en el momento en que lo consideren necesario por las autoridades del colegio y el personal docente, para expresar sus inquietudes, ideas o sugerencias y para el tratamiento de situaciones personales.
- Participar en eventos organizados para las familias de la escuela, dentro o fuera de ella.
- Estar permanentemente informados de las disposiciones que les conciernen como padres, de la marcha del proceso enseñanza aprendizaje de sus hijos y ser escuchados oportunamente en todo procedimiento pedagógico o disciplinario que afecten a sus hijos.
- Retirar a sus hijos en el momento y por las razones que lo crean respetando la lógica de las actividades pedagógicas que se estén realizando. Este derecho no exime las necesarias coordinaciones con las autoridades de la escuela y el cumplimiento de las disposiciones administrativas que la escuela establezca.
SON DEBERES DE LOS PADRES DE LOS ALUMNOS:
- Conocer y respaldar los objetivos, el perfil del egresado y el espíritu formativo de la escuela, garantizando el cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos y apoyando y reforzando la labor escolar.
- Garantizar la participación de sus hijos en todas las actividades que se programen, justificando oportunamente toda inasistencia o tardanza, así como solicitando autorización en el caso de una ausencia programada.
- Respetar los Acuerdos Institucionales de Convivencia establecidos por la escuela.
- Mantener una constante comunicación con los directivos y docentes efectuando las críticas y sugerencias que consideren oportuno.
- Tratar con respeto y dignidad a todas las personas que trabajan en el Colegio.
- Responsabilizarse por toda acción cometida por sus hijos en perjuicio de la escuela, del personal y de los compañeros de estudio.
- Asistir puntualmente a las reuniones citadas por la escuela, y participar activamente en la organización y ejecución de eventos.
DERECHOS DE LOS DOCENTES
- Al iniciar su labor pedagógica, recibir información pertinente y la orientación necesaria.
- Ser tratados cordial y respetuosamente por todos los integrantes de la comunidad educativa.
- Ser debidamente atendidos cuando presenten proyectos y propuestas, las que serán debidamente analizadas, y en caso de ser rechazadas deberán ser fundamentadas debidamente.
OBLIGACIONES DE LOS DOCENTES
Con la convicción del rol cada vez más destacado y activo que les compete en la tarea de educar y formar a los adolescentes, los docentes y el personal auxiliar se comprometen:
- A avanzar cada vez más hacia una madurez intelectual y humana que les permitan, actuando con una conducta ejemplar, encarar el liderazgo de los grupos a su cargo.
- A actuar con auténtica competencia profesional, actualizados según los dictados de la pedagogía moderna y de la ciencia a su cargo.
- Han de mostrar verdadero interés por sus educandos, entendiendo que son seres inmersos en realidades socio familiares muchas veces complejas.
- Se preocuparán por evidenciar coherencia de vida (educar con valores), dominio de grupo, firmeza en la transmisión de valores y en la marcación de límites, así como equilibrio en la toma de decisiones.
- Tendrán para con el resto de la comunidad educativa un trato cordial, equilibrado en las exigencias y justo, basado en el respeto y la solidaridad. No exigiendo a los demás, aquellos que ellos no sean capaces de cumplir.
- Respetar y cumplir los acuerdos pedagógicos establecidos en el Proyecto Educativo Institucional y los Acuerdos Institucionales de Convivencia.
- Quienes se incorporen a la institución deberán interiorizarse de los contenidos del PEI y realizar los aportes que consideren pertinentes.
- Ser puntuales en sus obligaciones diarias.
- Los docentes que tengan cargos independientes de clase, quedarán con disponibilidad para realizar tareas que les asigne el Equipo Directivo. Más allá de estas obligaciones y derechos, los docentes ejercerán su accionar encuadrados dentro del marco legal que establece el Estatuto del Docente.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS:
DERECHOS
- Los alumnos tienen derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
- Los alumnos tienen derecho a no ser discriminados por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas o cualquier otra circunstancia personal o social. Por tanto, o permitir música (canciones), que no preserven los valores que se promueven desde el ámbito educativo.
- Los alumnos tienen derecho a que su rendimiento sea evaluado con objetividad y a conocer los criterios de evaluación.
- Los alumnos tienen derecho a conocer mediante comunicación escrita y/u oral el proceso de su aprendizaje (notas). Cuando sean evaluados en forma escrita, se le devolverán los trabajos corregidos en un plazo de siete días a partir del momento de la evaluación.
- Los alumnos tienen derecho a recibir orientación escolar y profesional para conseguir el máximo desarrollo personal.
- Los alumnos tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones.
- Los alumnos tienen derecho a que se fomente la formación para desarrollar la capacidad y actitud crítica que posibilite sus opciones de conciencia en libertad.
- Los alumnos tienen derecho a que sea respetada su integridad física y moral y su dignidad personal. Los profesores están obligados a guardar reserva sobre datos personales que conozcan en la evaluación.
- Los alumnos tienen derecho a participar en el funcionamiento y la vida del Centro de Estudiantes y a elegir a sus representantes.
- Los alumnos tienen derecho a que los Delegados no puedan ser sancionados por el ejercicio de sus funciones como portavoces de los alumnos.
- Los alumnos tienen derecho a la libre expresión sin perjuicio de los derechos de todos y el respeto. Cuando no se respete alguno de estos derechos se acudirá al Tutor, en su caso al Jefe de Preceptores y/o Vicedirector, en última instancia a la Dirección.
DEBERES
- El estudio constituye un deber básico para el alumno.
- El alumno tiene el deber de asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de estudio y formación personal y social.
- Seguir las orientaciones de los profesores respecto a su aprendizaje y mostrarles el debido respeto y consideración.
- Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.
- Respetar la libertad de expresión, conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
- No discriminar a ningún miembro de la Comunidad Educativa por razón de nacimiento, raza, sexo, o por cualquier otra circunstancia personal o social.
- Respetar los Acuerdos Institucionales de Convivencia establecidos por la escuela.
- Deben cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles e inmuebles y las instalaciones de la Escuela y respetar las pertenencias de los compañeros.
- Tienen el deber de participar en la vida y funcionamiento del Centro de Estudiantes.
- Es deseo de los alumnos realizar tareas en los entornos formativos tanto en horario escolar como fuera de él (guardias, mantenimiento, imprevistos, etc.), las cuales serán coordinadas por Vicedirección y Jefatura de Preceptores.
MEDIDAS A APLICARSE EN CASO DE TRANSGRESIONES A LOS MENCIONADOS ACUERDOS
- Las correcciones que hayan de aplicarse por el incumplimiento de las normas de la escuela tendrán un carácter educativo y recuperador.
- Podrán corregirse los actos contrarios de convivencia realizados por los alumnos en el recinto escolar, en actividades extraescolares o fuera del recinto escolar, que estén motivadas o directamente relacionadas con la vida escolar y afecten a sus compañeros u otros miembros de la comunidad educativa o de la sociedad en la que está inserto el establecimiento.
- Las alteraciones de la convivencia podrán ser consideradas leves, graves y muy graves.
- A efectos de la gradación de las correcciones…
4.1 Son circunstancias atenuantes:
a) El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta.
b) La falta de intencionalidad.
c) La observación de una conducta habitual positivamente favorecedora de la convivencia.
4.2 Son circunstancias agravantes:
a) La premeditación.
b) La reiteración.
c) Causar daño, injuria u ofensa a los compañeros de menor edad o a los recién incorporados a la escuela y viceversa.
d) Cualquier acto que entrañe o fomente la violencia, la discriminación, el racismo, la xenofobia o el menoscabo. - Son alteraciones leves de la convivencia aquellas que vulneren las normas de convivencia y que no estén calificadas como graves o muy graves.
- Las alteraciones leves de la convivencia podrán ser corregidas mediante:
a) Apercibimiento privado, verbal o escrito.
b) Amonestaciones (de carácter estricto y acumulativas)
c) Realización de trabajos específicos en horarios no lectivos.
d) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades de la escuela. - Son alteraciones graves de la convivencia:
a) Las acciones u omisiones graves contrarias al carácter propio de la Escuela.
b) La agresión física o moral o la discriminación contra los demás miembros de la comunidad educativa o contra otras personas que se relacionen con la escuela y la comunidad en general.
c) Los actos de indisciplina u ofensas graves contra los miembros de la comunidad educativa.
d) Las actuaciones perjudiciales graves para la salud, la integridad personal y la moralidad de los miembros de la comunidad educativa, o la incitación a las mismas.
e) Los actos injustificados que perturben de forma grave el normal desarrollo de la escuela.
f) La reiteración en un mismo curso escolar de conductas que alteren levemente la convivencia (acumulación de 5 faltas leves). - 8. Las alteraciones graves de la convivencia podrán ser corregidas mediante:
a) Apercibimiento privado o por escrito.
b) Amonestaciones (de carácter estricto y acumulativas)
c) Realización de trabajos específicos en horario no lectivo.
d) Realización de tareas que contribuyan a la mejora o a reparar el daño causado a las instalaciones o al material del centro.
e) Suspensión del derecho a participar en actividades extra escolares.
f) Suspensión de asistencia a determinada clase durante tres días.
g) Suspensión del derecho de asistencia a la escuela por un plazo máximo de tres días corridos. - Durante el periodo que duren las correcciones 8.e y 8.f, el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción del proceso formativo.
- Son alteraciones muy graves de la convivencia:
a) las acciones u omisiones gravemente contrarias al carácter propio de la escuela.
b) Los actos de indisciplina, injuria u ofensa muy graves contra los miembros de la comunidad educativa.
c) La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia escolar (acumulación de tres faltas graves)
d) La agresión muy grave física o moral contra los demás miembros de la comunidad educativa.
e) Los daños muy graves causados por uso indebido o en forma intencional en los locales, material o documentos de la escuela o en bienes de otros miembros de la comunidad educativa.
f) El hurto de material, documentos o bienes de la escuela o de cualquier miembro de la comunidad educativa: personal docente, no docente y alumnos.
g) La introducción de personas ajenas a las dependencias privadas de la escuela sin autorización expresa.
h) Los actos injustificados que perturben muy gravemente el normal desarrollo de las actividades de la escuela.
i) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa o la incitación a las mismas.
j) El incumplimiento de las sanciones impuestas. - Las alteraciones muy graves de la convivencia podrán ser corregidas mediante:
a) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro en horario no lectivo.
b) Realización de tareas dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material de la escuela o a pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa, o a las instalaciones o pertenencias de las instituciones que se relacionen con la escuela, en horario no lectivo.
c) Suspensión en las actividades extra escolares o en otras actividades realizadas por la escuela.
d) Suspensión del derecho de asistencia a la escuela durante un periodo superior a tres días e inferior a un mes.
e) Cambio de escuela.
f) Expulsión de la escuela.
Antes de aplicarse cualquier tipo de sanción, los alumnos que transgredan las normas de convivencia tiene el derecho de ser escuchados para que expliquen los motivos que determinaron sus conductas. La Institución garantizará que los alumnos efectúen sus descargos en las condiciones más apropiadas.
Una vez determinada la sanción que correspondiera aplicar, será comunicada al alumno mediante una entrevista en la que se fundamentará la misma, y se notificará de inmediato a los padres u tutores por escrito. Si las circunstancias así lo requieren, se invitará a participar de la entrevista junto al alumno, a los padres o tutor.
NOTA:
Toda situación no contemplada en el presente Acuerdo Institucional de Convivencia será resuelta por el Consejo Institucional de Convivencia.
RESIDENCIA ESTUDIANTIL
Se detallan a continuación los datos de la escuela para poder comunicarse en caso de necesidad.
Escuela Agropecuaria Nº 1 “Dr. Bernardo de Irigoyen”
Sección Quintas – (6441) Rivera – Adolfo Alsina – Buenos Aires.
Tel Fax: 02935 – 432036
Email eesa1adolfoalsina@abc.gob.ar
Los alumnos deberán ingresar provistos de:
- Sábanas, toallas y frazada en caso de necesitarlo.
- Elementos de higiene personal (Peine, dentífrico, cepillo de dientes, jabón de tocador, shampoo, chinelas u ojotas solo para uso en residencia, talco, papel higiénico, desodorante en crema o a bolilla, repelente en crema, lociones o sprays, bolsa de residuo para ropa sucia, etc.)
- El alumno deberá ingresar a la residencia afeitado.
- Ropa adecuada y cómoda para las actividades áulicas, actividades físicas y deportivas; los trabajos en los Entornos Formativos y en las Prácticas Profesionalizantes internas y externas, que evite la exhibición, botas de goma.
- Las y los estudiantes podrán utilizar pantalones cortos (tipo bermudas no Short o pantalones muy cortos) cuando realizan deportes sin poder ingresar a ninguna dependencia de la Institución, a excepción de las residencias y los vestuarios deportivos. (Modificación 2022)
- No está permitido el uso de maquillajes, esmaltes y bijouterie para evitar accidentes y contaminación de los alimentos.
- Indumentaria necesaria para el transcurso de la semana.
- Registrar en la institución números de teléfono de padres y/o tutor para ser utilizados por el Equipo Directivo, el EOE y/o Preceptores en el caso de requerir una comunicación inmediata.
- El Padre, Madre o Tutor deberán registrar su firma y datos en el establecimiento.
- Se deberán devolver boletines y cuadernos de comunicaciones debidamente firmado en tiempo y forma.
- El ingreso de las y los estudiantes residentes al establecimiento los días domingo es de 18:30 hs. a 20:30 hs. y podrán cenar en el comedor hasta las 21 hs; en el caso de que una eventualidad demorara el ingreso se solicita la comunicación telefónica de los padres y/o tutor con los/las preceptores/as de residencia.
- Las y los estudiantes residentes deberán permanecer indefectiblemente en la escuela, si la Residencia se encuentra abierta.
- Al ingresar a la Residencia, las y los estudiantes podrán entregar a los Preceptores de Residencia el dinero, y cualquier objeto de valor, para su custodia. Caso contrario la escuela no se hace responsable de la desaparición del mismo.
- A los efectos de prevenir accidentes y preservarlos, los equipos de calefacción, música y televisión, tablero de electricidad, termo tanques, serán operados únicamente por los Preceptores o personal auxiliar autorizado.
- No será permitido el uso de reproductores sin auriculares para evitar ruidos molestos.
- En el caso de que los alumnos requieran tratamiento con medicación, los padres y/o tutor deberán presentar la prescripción médica bajo su responsabilidad, con las indicaciones correspondientes, los preceptores podrán recordar al alumno la frecuencia de toma.
- Los alumnos podrán tener acceso a salidas, con autorización de los padres y/o tutor, acompañados por un adulto, siempre y cuando su conducta se lo permita, como así también no tenga desaprobados más de tres materias en caso del Ciclo Superior Agrario y de dos materias en el caso del Ciclo Básico Agrario.
- Cabe aclarar que aun fuera de la escuela sigue vigente el Acuerdo Institucional de Convivencia.
- Los alumnos no podrán ingerir bebidas alcohólicas desde el momento de ingreso hasta su retiro del establecimiento.
- No llevar objetos cortantes o punzantes, que no hagan a sus necesidades de residencia (Cuchillos, trinchetas, tijeras, navaja, cortaplumas y otros similares).
- Los residentes deberán mantener los armarios ordenados y limpios.
- Los alumnos deberán preservar mobiliario e instalaciones y en caso de que su accionar provoque el deterioro o rotura deberá pagar en forma inmediata su arreglo y se aplicarán sanciones si correspondiese.
- El consumo de alimentos deberá hacerse en el comedor y lugares habilitados de residencia, en condiciones de seguridad e higiene, no se permite comer en las habitaciones, tampoco tomar mate, si estará permitido en la cocina de residencia o en los lugares habilitados.
- Los alumnos cuya conducta y calificaciones se lo permitan, tendrán acceso a mirar TV y video.
- Cuando el alumno ingrese en horarios no convencionales se informara al inmediato superior, analizando el caso y aplicando la medida que corresponda.
- En caso de enfermedad los alumnos deberán ser retirados del establecimiento y permanecerá el tiempo que le demande a los responsables el arribo a la institución.
- La escuela agraria no se hará cargo del pago de honorarios médicos ni medicamentos.
- Los alumnos deberán ingresar provistos de la medicación que normalmente tomen, con prescripción e indicación médica.
- En caso de que el alumno posea la cobertura de una mutual, deberá obrar constancia en la institución para poder utilizarla en caso de necesidad.
- Los alumnos que repitan, podrán ingresar a residencia el siguiente año lectivo, previa consideración y aval del Consejo Consultivo.
- Los alumnos se bañaran todos los días, debiendo salir del baño vestidos (slip, bermudas, remera y ojotas) en el horario de 16,30 a 20 horas; las excepciones serán consideradas por el Preceptor de Residencia.
- No se permite dejar los elementos de aseo personal en los baños.
- Para una mejor organización, los asados se deben solicitar con una semana de anticipación y su finalización no debe exceder las 22 hs. horario establecido para el descanso. Los alumnos serán acompañados por un Preceptor de Residencia o un adulto responsable.
- Los alumnos deberán utilizar el teléfono celular únicamente dentro del horario de residencia o con fines educativos en horario de clase con autorización del docente. Si hiciere uso del mismo fuera del horario establecido, se le retirará el celular que permanecerá en la escuela hasta que los padres y/o tutores responsables lo retiren. La Escuela no se hace responsable por desaparición o daño del celular.
Acotar espacios.
- Los alumnos no podrán permanecer en lugares no provistos de la iluminación adecuada (edificio viejo, escaleras de incendio, tribunas), deben permanecer en lugares permitidos previa consulta con los preceptores. Ingresarán a las distintas dependencias únicamente por los lugares habilitados a tal efecto.
- Posterior a la cena los alumnos deben permanecer en el playón de ingreso al edificio áulico. Todos aquellos “juegos” que involucren golpes de puño, insultos y/o agresiones varias, serán sancionados expresamente con la suspensión de residencia.
Transportes:
- Domingos hasta 21:30hs se permitirá el ingreso de los mismos con alumnos.
- Debiendo el transportista informar en forma inmediata cualquier anormalidad a los preceptores de turno.
Música:
- La música seleccionada no deberá transgredir el buen vocabulario, normas morales y buenas costumbres.
Asados:
- Acondicionar un lugar para este evento.
Fútbol:
- Ver reglamento aparte.
La falta de cumplimiento de cualquiera de las normas de convivencia antes expuestas hará perder el derecho a la Residencia por un tiempo a determinar por la Dirección.
NOTA FINAL:
Preceptoría maneja como principal instrumento de trabajo el diálogo con alumnos. Agotado el mismo se procederá a la sanción, esta debe ser inmediata para que sea efectiva y ejemplificadora, considerando que la palabra debe constituir el pilar fundamental de nuestra sociedad.
Consejo Institucional de Convivencia
- Constitución:
- El Consejo de Convivencia estará constituido por quince miembros que representarán a distintos sectores de la comunidad educativa, a saber:
- 6 alumnos: uno por cada curso, quienes serán elegidos democráticamente a través del Centro de Estudiantes.
- 3 Preceptores: uno de la Residencia de Varones; uno de la Residencia de Mujeres, y un Preceptor de Aula.
- 2 Docentes: 1 Profesor/a del Área de Formación General de Fundamento y un Profesor/a del Área Técnica.
- 5 miembros de la Comunidad Educativa: 2 Administrativos (portero, mucamo/a, personal de cocina) y 3 miembros de la Asociación Cooperadores o Padres.
- Elección de los miembros del Consejo:
- Los miembros serán elegidos democráticamente mediante el voto de sus pares y durarán en sus mandatos, sean titulares o suplentes, un año.
- Funcionamiento:
- El Consejo de Convivencia será presidido por el Director, que ante su ausencia designará a un miembro del equipo directivo para que lo reemplace.
- El Director, o quien lo reemplazare, convocará y presidirá las reuniones del Consejo.
- El Consejo de Convivencia delibera, resuelve y recomienda con al menos la mitad más uno de sus miembros.
- Las recomendaciones que el Consejo dirige a la Dirección de la escuela se harán por escrito y deberán estar firmadas por los miembros del cuerpo que intervinieron directamente en el tema.
- El tratamiento de los temas no excederá los cinco días hábiles, previa toma de conocimiento de las versiones de las partes intervinientes y del ejercicio del derecho al descargo de los alumnos.
- Si la situación planteada así lo justifica, el Consejo de Convivencia por la mayoría absoluta de sus miembros puede solicitar a la Dirección de la escuela o a la autoridad a cargo de la misma una prórroga del plazo, exponiendo las causas que justifican su solicitud.
- En caso de que el alumno/a no concurra a la citación que el Consejo le hiciere, se dejará constancia pro escrito de que ha sido notificado fehacientemente de su citación.
- Para recomendar al Director la aplicación de sanciones que se remitan para su consideración, se requiere el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes y, si existieren sanciones tales como la Suspensión y/o Separación del Establecimiento, se recomienda el voto de los dos tercios de los miembros del Consejo.
- El consejo Institucional de Convivencia podrá solicitar asesoramiento a profesionales (Psicólogos, Psicopedagógos, etc) cuando la situación así lo requiera.
- Considerado el informe, el Director del establecimiento resolverá sobre la pertinencia o no de la sanción recomendada y decidirá sobre su aplicación de acuerdo con su criterio personal y en relación con las normas establecidas en los Acuerdos Institucionales de Convivencia.
- En caso de que el Director de la escuela no comparta el dictamen o recomendación del Consejo de Convivencia podrá ejercer su derecho de veto informando al Consejo su posición al respecto y obrando en consecuencia.
- La resolución final será comunicada a los afectados.
- Convocatoria al Consejo Institucional de Convivencia
- Las situaciones conflictivas deberán en lo posible alcanzar una solución en el ámbito en el que las mismas se desarrollaron y con los actores que participaron en ella.
- Ante una situación conflictiva Grave o Muy Grave, el personal docente involucrado deberá informar por escrito a la Dirección, la que evaluará la información recibida y, en caso de considerarlo necesario, convocará al Consejo de Convivencia.
- Registros:
- Todas las actuaciones relacionadas con el Consejo Institucional de Convivencia serán debidamente consignadas en registros habilitados a tal fin.
- Evaluación:
- El Consejo Institucional de Convivencia será evaluado en el mismo momento en que sean evaluados los Acuerdos Institucionales de Convivencia ó cuando lo disponga la Dirección de la escuela por iniciativa propia o ante demandas fundamentadas de la comunidad educativa.
- Para evaluar el funcionamiento del Consejo se conformará una comisión integrada por representantes del mismo y de los otros sectores de la comunidad que no tuvieran participación activa en el cuerpo y se podrán tener en cuenta entre otros los siguientes aspectos:
- si se ha cumplido en un período determinado de tiempo con los objetivos planteados al momento de su organización y puesta en marcha.
- Niveles de participación alcanzados y su repercusión en la comunidad.
- Dinámica de trabajo y comunicación entre los miembros del cuerpo.
- Interacción entre los miembros del Consejo y estrategias de solución encontrados.
- Tiempos utilizados para el tratamiento y resolución de los temas.
INSTANCIAS DE EVALUACIÓN Y AJUSTE
- Debido a que el Acuerdo Institucional de Convivencia debe ser revisado y actualizado permanentemente, se establecen dos instancias de evaluación a mediano plazo a los efectos de realizar los ajustes que se consideren necesario, y una tercera instancia al finalizar el año.
PRIMERA INSTANCIA:
- Se evaluará el conocimiento que cada uno de los actores institucionales tiene del A.I.C. y si el compromiso manifestado en su elaboración se corresponde con la realidad.
SEGUNDA INSTANCIA:
- Se analizarán las transgresiones más frecuentes al Código de Convivencia, para comprobar la factibilidad de la aplicación de la norma.
- Se analizarán las sanciones aplicadas y se evaluará el efecto reparador que tuvieron.
TERCERA INSTANCIA:
- Al finalizar el año se evaluará si los A.I.C. se constituyeron en un mero cumplimiento de las normas, o si efectivamente contribuyeron al desarrollo institucional.